Tres años después de la aprobación del Plan Parcial de Planas del Rey comienza una nueva etapa. El 21 de septiembre de 1968, Francisco Lebasque, promotor de la urbanización, solicita oficialmente al Ayuntamiento de Pratdip que acepte la cesión de las calles, las redes y varios servicios públicos.
Esta iniciativa responde a una petición formulada unas semanas antes por los propietarios. Sin embargo, también se produce en un contexto particular: durante el otoño de 1968, Francisco Lebasque se enfrenta a importantes deudas y al embargo de varios de sus bienes.
Los documentos disponibles no permiten afirmar que estas dificultades económicas fueran el motivo de su propuesta. No obstante, la proximidad entre ambos acontecimientos aporta una información esencial para comprender este primer intento de transferencia.
Una petición formulada por los propietarios
El escrito de Francisco Lebasque hace referencia a una petición de los propietarios de Planas del Rey. Reunidos en asamblea general el 8 de agosto de 1968, estos se pronunciaron a favor de transferir al Ayuntamiento varias infraestructuras y servicios de la urbanización.
El promotor afirma compartir esta posición y considera conveniente la cesión para mejorar la administración de Planas del Rey y la prestación de sus servicios.
Por este motivo, el 21 de septiembre de 1968 dirige al alcalde de Pratdip una solicitud oficial para iniciar el procedimiento.
Las infraestructuras y los servicios afectados
La propuesta de Francisco Lebasque abarca gran parte de los equipamientos necesarios para el funcionamiento de la urbanización:
- las calles y vías de circulación;
- la red de abastecimiento de agua;
- la red de alcantarillado;
- el alumbrado público;
- la recogida de residuos;
- los servicios de guardería y vigilancia;
- los demás servicios de competencia municipal.
Por tanto, la propuesta no se limita a la cesión de terrenos o zonas comunes. También afecta a la gestión cotidiana de varios servicios que, hasta entonces, se prestaban dentro del marco privado de la urbanización.
Una propuesta que todavía debía completarse
Francisco Lebasque anuncia que aportará la documentación complementaria que el Ayuntamiento considere necesaria, incluida la relación de propietarios de parcelas y viviendas.
También prevé entregar una lista de las cantidades adeudadas por algunos propietarios en concepto de conservación y prestación de servicios correspondientes a ejercicios anteriores. De este modo, el Ayuntamiento podría reclamarlas y cobrarlas antes de proceder a una liquidación definitiva con el promotor.
En cuanto al suministro de agua potable, Francisco Lebasque propone que el Ayuntamiento pueda utilizar el caudal que alimenta el depósito general, incluido en la red objeto de la cesión, mientras Planas del Rey no esté conectada a la red municipal de Pratdip.
El escrito expresa, por tanto, una voluntad clara de iniciar la transferencia. Sin embargo, no constituye por sí solo una cesión definitiva ni la recepción de las infraestructuras por parte del Ayuntamiento. Todavía son necesarios varios documentos técnicos, un inventario preciso, una decisión municipal y la formalización jurídica de la operación.
Una urbanización todavía en desarrollo
El Plan Parcial había sido aprobado el 24 de mayo de 1965. En aquel momento, la autoridad provincial había solicitado que el correspondiente proyecto de urbanización se presentara en un plazo de tres meses.
Los archivos de los que disponemos actualmente no permiten reconstruir con precisión qué sucede entre esta aprobación y la solicitud de cesión de septiembre de 1968. Tampoco permiten determinar qué obras se ejecutan, cuáles quedan pendientes ni en qué momento el desarrollo del proyecto empieza a encontrar dificultades.
La carta de Francisco Lebasque confirma, no obstante, que varias redes y servicios ya están en funcionamiento. Sin embargo, no incluye ningún inventario sobre su estado ni permite establecer si todas las infraestructuras previstas en 1965 fueron ejecutadas de acuerdo con el proyecto aprobado.
Importantes dificultades económicas en el otoño de 1968
Un decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de noviembre de 1971 recoge varias actuaciones judiciales y administrativas iniciadas contra Francisco Lebasque a partir del otoño de 1968.
Según este documento oficial, el 28 de octubre de 1968 se inicia contra él un procedimiento judicial por una deuda principal de 1.067.733 pesetas, a la que se añaden las costas y los gastos del procedimiento.
El 31 de octubre se embargan varios de sus bienes inmuebles. Paralelamente, la Administración tributaria inicia un procedimiento de apremio por una deuda con la Hacienda Pública de 2.537.812,80 pesetas.
Los embargos mencionados en el decreto afectan, entre otros bienes, a varios chalets, un local destinado a supermercado, un edificio utilizado como restaurante-bar y otros terrenos vinculados a Planas del Rey. El texto también hace referencia a un procedimiento de suspensión de pagos registrado en 1968.
Consultar el decreto publicado en el BOE el 30 de noviembre de 1971
Una proximidad cronológica reveladora, pero no concluyente
La propuesta de cesión precede en pocas semanas a los procedimientos judiciales y fiscales mencionados en el decreto. Por tanto, no podemos afirmar que estos procedimientos provocaran directamente la iniciativa del promotor.
Sin embargo, es razonable pensar que las dificultades económicas de Francisco Lebasque no aparecieron de forma repentina a finales de octubre. Estas pudieron limitar su capacidad para continuar las obras y financiar de manera duradera el mantenimiento de las infraestructuras y los servicios de Planas del Rey.
Esta situación podría contribuir a explicar por qué, tres años después de la aprobación del Plan Parcial, el promotor intenta transferir rápidamente al municipio unos equipamientos y unas cargas que hasta entonces se encontraban bajo su responsabilidad.
No obstante, se trata de una hipótesis basada en la proximidad de los acontecimientos. Sin documentos contables ni correspondencia adicional, no es posible determinar con certeza las motivaciones económicas de esta propuesta de cesión.
El comienzo de un procedimiento que no culminará de inmediato
La solicitud del 21 de septiembre de 1968 marca el inicio oficial de un procedimiento de transferencia, pero no su conclusión.
El 18 de octubre, el Ayuntamiento de Pratdip dará su aprobación de principio a la asunción de los servicios públicos de Planas del Rey. Posteriormente, solicitará el dictamen de los servicios provinciales.
El 28 de diciembre de 1968, la Administración responderá que la cesión es jurídicamente posible, pero que debe ir precedida de un inventario de los bienes y las infraestructuras, estudios técnicos y una evaluación de las consecuencias económicas para el municipio.
Por tanto, la propuesta de Francisco Lebasque debe entenderse como la primera etapa de un proceso todavía incompleto, en el que ya aparecen algunas de las cuestiones que marcarán durante décadas la historia de Planas del Rey.
Traducción del escrito de Francisco Lebasque
Al señor alcalde de Pratdip:
Francisco Lebasque Belloncle, mayor de edad, casado, propietario y vecino de Planas del Rey, en el municipio de Pratdip, expone respetuosamente:
Que, como promotor de la urbanización Planas del Rey, situada en el término municipal de Pratdip, de conformidad con la petición formulada por los propietarios de la misma y coincidiendo personalmente con ellos en la conveniencia de esta iniciativa, con el fin de mejorar la administración y la prestación de servicios en dicha urbanización, es su propósito ceder al Ayuntamiento de Pratdip la red viaria general y los servicios públicos.
Con el fin de llevar a cabo esta operación conforme a las disposiciones legales aplicables, solicita al señor alcalde que tenga a bien aceptar la referida cesión.
Esta comprende:
- las vías de la urbanización;
- las redes de abastecimiento de agua;
- las redes de alcantarillado;
- el alumbrado público;
- el servicio de recogida de basuras;
- los servicios de guardería y vigilancia;
- así como los demás servicios propios de la competencia municipal.
A tal efecto, aportaré la documentación complementaria que la corporación municipal considere pertinente solicitar, así como la relación de propietarios de chalets y solares de la urbanización.
También entregaré la relación de las cantidades adeudadas por dichos propietarios en concepto de conservación y prestación de los servicios indicados, correspondientes a ejercicios anteriores, para que puedan ser reclamadas y cobradas según proceda, y se realice posteriormente la liquidación con el promotor que cede los referidos servicios y la red viaria.
En cuanto al suministro de agua potable, el Ayuntamiento podrá utilizar el caudal que actualmente alimenta el depósito general incluido en la red cedida, mientras la red de la urbanización no esté conectada a la red municipal de Pratdip.
Espera obtener una respuesta favorable de su recto proceder.
Planas del Rey, municipio de Pratdip, a 21 de septiembre de 1968.
Jim – La Tribune de Planas




