El 14 de marzo de 2002, Francesc Sabaté Vidal, abogado de la Entidad Urbanística de Conservación de Planas del Rey (ECU), envía un fax al consejo rector de la entidad.
En él comunica que, tras las gestiones realizadas ante el Registro de la Propiedad y el Juzgado de Falset, las zonas comunes han quedado definitivamente inscritas a nombre del Ayuntamiento de Pratdip.
Esta información llega pocos meses después del auto del Juzgado de Falset de 29 de octubre de 2001, que suplió la declaración de voluntad de Francisco Lebasque y permitió continuar con la formalización de la cesión de los bienes a favor del municipio.
Se confirma la inscripción en el Registro de la Propiedad
En su escrito, Francesc Sabaté explica que había mantenido contacto con el registrador de la propiedad de Falset.
El registrador había solicitado una descripción más precisa de la finca afectada. Una vez obtenida dicha precisión del Juzgado de Falset, el abogado indica que las gestiones pudieron culminarse.
Afirma entonces que las zonas comunes han quedado definitivamente inscritas a nombre del Ayuntamiento de Pratdip.
También señala que adjunta una copia de la nota de calificación del Registro.
Una etapa distinta de la recepción administrativa de la urbanización
Este fax constituye un documento importante dentro de la cronología jurídica de Planas del Rey, ya que confirma que la inscripción registral de las zonas comunes a nombre del Ayuntamiento había llegado a completarse.
Sin embargo, conviene distinguir esta inscripción en el Registro de la Propiedad de la recepción administrativa del conjunto de la urbanización y de sus infraestructuras.
El documento de 14 de marzo de 2002 confirma la titularidad registral de las zonas comunes mencionadas, pero no permite concluir por sí solo que todas las obligaciones relacionadas con el mantenimiento o los servicios de Planas del Rey hubieran pasado automáticamente al Ayuntamiento en esa fecha.
Un proyecto de convenio de usufructo con la ECU
El fax aporta además otra información relevante.
Francesc Sabaté indica que esa misma mañana había enviado al Consell Comarcal un proyecto de convenio entre el Ayuntamiento de Pratdip y la ECU.
El proyecto contemplaba que las zonas comunes, ya inscritas a nombre del Ayuntamiento, pudieran ser cedidas en usufructo a la ECU.
Esta iniciativa anticipa el convenio que aparecerá en la documentación posterior de 2002 y muestra que, una vez inscritas las zonas comunes a nombre del municipio, seguía siendo necesario organizar su gestión.
Una nueva etapa en la cronología de las cesiones
La secuencia de acontecimientos queda así cada vez más clara.
En 1993, Francisco Lebasque había sido obligado judicialmente a formalizar la cesión de varios bienes. En 1996, la Generalitat había indicado a la ECU que debía acudir al juzgado para obtener la ejecución de aquella sentencia. En octubre de 2001, el Juzgado de Falset tuvo por emitida la declaración de voluntad del promotor. Finalmente, en marzo de 2002, el abogado de la ECU confirma que las zonas comunes ya están inscritas a nombre del Ayuntamiento de Pratdip.
Esta inscripción constituye, por tanto, una etapa importante en la formalización jurídica de unas transferencias iniciadas muchos años antes.
Jim – La Tribune de Planas




