El 12 de abril de 1988, el Ayuntamiento de Pratdip aprueba oficialmente la escritura de constitución de la Entidad Urbanística de Conservación de Planas del Rey, designada en español por las siglas ECU.

La escritura de constitución había sido otorgada unos meses antes, el 28 de julio de 1987, ante la notaria Inmaculada Nieto Aldea.

El certificado municipal aporta además una precisión importante: esta aprobación queda condicionada a la gestión, en un plazo máximo de dos años, de las cesiones obligatorias previstas por la Ley del Suelo.


Una ECU aprobada oficialmente por el Ayuntamiento

El certificado está expedido por Gloria Sabaté Sabaté, secretaria habilitada del Ayuntamiento de Pratdip, tras la sesión plenaria celebrada el 12 de abril de 1988.

En él, el pleno municipal acuerda aprobar la escritura de constitución de la ECU de la urbanización Planes del Rei.

El documento confirma por tanto que la creación de esta entidad no fue únicamente una iniciativa de los propietarios, sino que recibió una aprobación formal por parte del Ayuntamiento.


Un plazo máximo de dos años para gestionar las cesiones obligatorias

La aprobación municipal está acompañada de una condición explícita.

El certificado establece que, en un plazo máximo de dos años, deberán gestionarse a favor del Ayuntamiento de Pratdip las cesiones obligatorias previstas por la Ley del Suelo.

Esta mención resulta especialmente importante para comprender la función inicialmente prevista para la ECU y las relaciones entre la urbanización y el Ayuntamiento.

Sin embargo, el certificado no detalla la lista exacta de bienes, terrenos o infraestructuras afectados por dichas cesiones. Por ello, no permite concluir por sí solo que la totalidad de las calles, redes o equipamientos debiera ser recibida automáticamente por el Ayuntamiento dentro de ese plazo.


Una estructura concebida dentro de una etapa de transición

La condición fijada por el Ayuntamiento muestra que la creación de la ECU se inscribe en un proceso urbanístico más amplio.

La entidad debía encargarse de la conservación y del funcionamiento de la urbanización, al mismo tiempo que se avanzaba en la tramitación de las cesiones exigidas por la legislación urbanística.

El plazo de dos años recogido en el certificado indica asimismo que esta situación no se planteaba como un marco completamente indefinido o sin horizonte temporal.


Una ECU que se mantendrá mucho más allá de ese periodo

En la práctica, la ECU de Planas del Rey continuará funcionando durante muchos más años que los dos mencionados en el certificado de 1988.

Con el paso del tiempo, su continuidad, sus competencias, las cuotas soportadas por los propietarios y la cuestión de la recepción de las infraestructuras se convertirán en temas de desacuerdo recurrente entre los propietarios y el Ayuntamiento.

La situación desembocará finalmente en un largo procedimiento judicial y en la disolución judicial de la ECU en 2016.


Un documento esencial para comprender lo que ocurrió después

El certificado de 12 de abril de 1988 constituye una pieza importante de la historia administrativa de Planas del Rey.

Establece dos hechos concretos: el Ayuntamiento de Pratdip aprueba oficialmente la escritura de constitución de la ECU y condiciona dicha aprobación a la gestión, en un plazo máximo de dos años, de las cesiones obligatorias previstas por la Ley del Suelo.

Por tanto, este documento debe leerse como una etapa del procedimiento urbanístico de aquella época, sin atribuirle consecuencias jurídicas que no formula expresamente.

Jim – La Tribune de Planas


Traducción del documento original

AYUNTAMIENTO DE PRATDIP
Tarragona

Doña Gloria Sabaté Sabaté, Secretaria-Habilitada del Ayuntamiento de Pratdip,

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento, reunido en sesión plenaria de fecha 12 de abril de 1988, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Aprobar la escritura de constitución de la Entidad Urbanística Colaboradora de la Urbanización Planes del Rei, otorgada en fecha 28 de julio de 1987 ante la señora notaria Inmaculada Nieto Aldea.

Con la condición de que, en un plazo máximo de dos años, se gestionen a favor del Ayuntamiento de Pratdip las cesiones obligatorias previstas por la Ley del Suelo.»

Y para que así conste, y a petición de los interesados, expido la presente certificación con el visto bueno del señor alcalde, en Pratdip, a 13 de abril de 1988.

1988-04-12-creation-euc

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