La Asociación de Vecinos Les Planes del Rei (AVPR SOS Planas) con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Clavel nº 9 de la Urbanización de Planes del Rei de Pratdip (Pratdip – Tarragona), NIF GSSSS4307 y actuando en nombre y representación de los asociados EXPONE LA PRESENTE INSTANCIA:
1. Sobre la ejecución de la sentencia del TSJ de 21/06/2016.
Como es bien sabido, esta administración pública de la autoridad local fue notificada el 10 de enero de 2018 por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº1 de Tarragona del AUTO con fecha de 12/12/2017 sobre la ejecución de la sentencia del TSJ de Cataluña de 21 de julio de 2016, en la que se acuerda y declara que la Entidad Urbanística de Conservación de Planes del Rei queda disuelta a partir de dicha fecha.
Que según el decreto municipal 53/2016, se ordenó el cumplimiento de dicha resolución, a pesar de que la situación administrativa de Planes del Rei seguía siendo la misma que antes de la sentencia.
Y como se indica en el artículo 195 del Decreto 305/2006, de 18 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley de Urbanismo sobre la disolución de entidades urbanísticas colaboradoras, se acordó la disolución y el órgano directivo de la entidad se transforma en un órgano de liquidación para saldar las deudas, cobrar los ingresos pendientes y distribuir el remanente, algo que el ayuntamiento no ha hecho, motivo por el cual se pondrá en conocimiento de «otras» administraciones urbanísticas competentes para cumplir con la resolución, sin perjuicio de las responsabilidades legales del ayuntamiento.
2. Sobre la nulidad de los convenios firmados con la Entidad Urbanística de Planes del Rei.
La disolución judicial de la Entidad Urbanística de Conservación de Planes del Rei deja sin efecto los convenios existentes que, a petición del ayuntamiento, siguen ejecutándose, determinando su nulidad y el traspaso de las obligaciones de esta al ayuntamiento:
d) Convenio del 19 de febrero de 2010 entre el Ayuntamiento de Pratdip y la Entidad Urbanística de Conservación de Planes del Rei sobre la vigilancia de las obras y la reurbanización.
3. Cumplimiento por parte del Ayuntamiento de las resoluciones judiciales.
Aunque existen sentencias firmes que obligan al Ayuntamiento de Pratdip a gestionar la recogida de basuras, el suministro de agua corriente y potable, la estación de tratamiento dejó de funcionar desde principios de 2018, ofreciendo un servicio de agua deficiente a los vecinos, con cortes de agua constantes, hechos que se han puesto en conocimiento del Juzgado de Instrucción nº 4 de Reus en funciones de guardia.
Por todo ello, solicitamos:
Que esta instancia sea presentada y se acuerde:
- Que se proceda a la disolución efectiva y real de la Entidad Urbanística de Conservación de Planes del Rei conforme a la Ley de Urbanismo.
- Que se declare la nulidad de los convenios relativos al pago de deudas, cobro de ingresos pendientes y distribución de remanentes por la falta de legitimidad jurídica y administrativa de dicha entidad.
- Que se supervise la correcta, eficaz y eficiente asunción de los servicios públicos por parte del Ayuntamiento.
Asociación de Vecinos Les Planes del Rei (AVPR SOS Planas)