Un convenio firmado en la opacidad

El 10 de septiembre de 2009, se firmó un convenio oficial entre el Ayuntamiento de Pratdip y el Presidente de la Entidad Urbanística de Conservación (ECU) de Planas del Rey, Christian Peuman. Este documento tenía como objetivo organizar la gestión del agua potable y de los residuos domésticos dentro de la urbanización.

Pero más allá de su contenido, este convenio plantea numerosas interrogantes, tanto sobre su legalidad como sobre las condiciones opacas de su firma.


Un acuerdo en contradicción con la jurisprudencia

Desde enero de 2008, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) había dictaminado claramente que la ECU no tiene ninguna competencia legal para prestar servicios públicos esenciales, como el suministro de agua potable o la recogida de residuos. Estos servicios son exclusivamente competencia del Ayuntamiento, conforme a la legislación española.

Al firmar este convenio en 2009, el Ayuntamiento de Pratdip y el presidente de la ECU en ese momento, Christian Peuman, actuaron en contra de esa jurisprudencia. En lugar de asumir plenamente sus obligaciones, el Ayuntamiento prefirió delegar de manera oficiosa en la ECU la gestión de estos servicios, a pesar de que la justicia acababa de recordar la ilegalidad de tal delegación.


Una firma secreta y controvertida

Lo más preocupante es la forma en que se cerró este acuerdo. El presidente de la ECU acudió solo al Ayuntamiento para firmar el convenio, sin informar ni consultar a los miembros del consejo rector, quienes supuestamente representan los intereses de los propietarios de Planas del Rey.

Solo cinco años después se reveló la existencia de este convenio a los miembros del consejo y a los vecinos. Ante esta maniobra unilateral y el desprecio absoluto por los principios de transparencia y gobernanza compartida, dos miembros del consejo rector presentaron su dimisión, negándose a ser cómplices de esta farsa.


El contenido controvertido del convenio

En esencia, el convenio preveía:

  • La facturación del agua potable por parte del Ayuntamiento, manteniendo la responsabilidad de las instalaciones a cargo de la ECU.
  • La recogida de residuos gestionada por el Ayuntamiento, con facturación directa a los propietarios.
  • La transmisión de las lecturas de los contadores por parte de la ECU, salvo que los contadores se trasladaran fuera de las parcelas.
  • El reparto de los gastos ordinarios entre los propietarios, permaneciendo los gastos extraordinarios exclusivamente a cargo de la ECU.
  • Un plazo de tres meses dado a los propietarios para trasladar los contadores de agua al exterior de sus propiedades, bajo pena de una tarifa plana máxima.

Un simulacro de acuerdo en perjuicio de los vecinos

Este documento, firmado en secreto y en total contradicción con la sentencia del TSJC, no hizo más que prolongar la confusión jurídica en torno a Planas del Rey. En lugar de asumir sus responsabilidades, el Ayuntamiento de Pratdip mantuvo una situación en la que la ECU, sin competencia legal, seguía siendo requerida para gestionar servicios que en realidad correspondían al Ayuntamiento.

Este convenio es un claro ejemplo de las prácticas opacas y irregulares que durante años han perjudicado a los vecinos de Planas del Rey, privándolos tanto de sus derechos como de servicios públicos dignos.


Documento original

2009-09-10-convenio -agua-mairie-peuman

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