Los propietarios de Planes del Rei empiezan a recibir las primeras notificaciones en las que se les solicita participar en los gastos ya realizados en el marco de la reparcelación.

Estas notificaciones permiten entender de forma concreta lo que empieza ahora: a cada propiedad se le asigna un porcentaje de participación, que se utiliza para repartir los gastos entre los propietarios afectados.


Una primera participación en los gastos ya realizados

La notificación recibida hace referencia al «2n Text Refòs del projecte de reparcel·lació econòmica del Polígon d’Actuació 4 – Urbanització Planes del Rei», aprobado definitivamente por el Ayuntamiento el 1 de julio de 2022.

Este proyecto de reparcelación fue inscrito en el Registro de la Propiedad de Falset el 28 de abril de 2026.

La cantidad que se reclama ahora corresponde a gastos de gestión ya realizados, cuyo importe total indicado en la notificación asciende a 357 829,86 €.


¿Cómo se calcula la participación de cada propietario?

A cada propiedad incluida en la reparcelación se le asigna un porcentaje de participación. Este porcentaje sirve para determinar la parte de los gastos que le corresponde.

En la notificación publicada a continuación, el porcentaje asignado a la propiedad afectada es del 0,39115 %.

La base imponible indicada es de 1 156,74 €. A esta cantidad se añaden 242,91 € de IVA al 21 %, lo que da un importe total a pagar de 1 399,65 €.

Por tanto, la cantidad reclamada a cada propietario será diferente, ya que depende, entre otros factores, del porcentaje de participación asignado a su propiedad.

Queda, naturalmente, una pregunta: ¿cómo se han determinado estos porcentajes? El tema merece algunas explicaciones y volveremos sobre él en un próximo artículo dedicado a la reparcelación.


«Yo no he firmado nada: ¿por qué tengo que pagar?»

No se trata de un contrato firmado individualmente por cada propietario.

La obligación de participar en los gastos deriva de la legislación urbanística y del hecho de que la propiedad se encuentra dentro del ámbito afectado por la reparcelación de Planes del Rei.

La legislación urbanística catalana establece que, en un sistema de reparcelación, los propietarios tienen la obligación de participar en los gastos de urbanización.

Por tanto, no es necesario haber firmado un presupuesto o un contrato, ni haber dado individualmente el consentimiento, para que exista esta obligación.

Esto no significa, sin embargo, que un propietario no pueda impugnar una liquidación si considera, por ejemplo, que el importe reclamado o el porcentaje de participación asignado a su propiedad debe ser revisado.


Esta notificación establece tres plazos de pago

En el caso presentado aquí, la cantidad de 1 399,65 € se reparte en tres pagos de 466,55 €.

La notificación recuerda también los plazos legales de pago aplicables tras su recepción. Una vez finalizado el periodo voluntario de pago, pueden aplicarse recargos, intereses de demora y, en su caso, gastos de recaudación.

Los propietarios que tengan dificultades para abonar la cantidad reclamada pueden solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago. Para ello, la notificación remite a las condiciones previstas por la normativa y por la Ordenanza General de BASE.

Consultar el procedimiento de BASE para solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago.


¿Es definitiva esta cantidad?

No. La propia notificación habla de una «liquidación provisional».

Precisa que estas liquidaciones se regularizarán cuando hayan finalizado las obras de urbanización, mediante la cuenta de liquidación definitiva.

Por tanto, esta primera solicitud de pago no permite conocer actualmente el coste total que finalmente deberá asumir cada propietario.

La notificación explica la cantidad que se reclama actualmente, pero no ofrece una visión global de la financiación de la actuación, del calendario de las futuras obras ni de los importes que todavía podrían reclamarse.

En un asunto de tanta importancia para los propietarios de Planes del Rei, una información más global por parte del Ayuntamiento permitiría a todos comprender mejor las distintas etapas y anticipar los gastos que podrían corresponderles.


¿Se puede impugnar el importe?

Sí. La notificación contempla la posibilidad de interponer un recurso de reposición contra la liquidación y su recaudación, en el plazo de un mes desde su recepción.

BASE pone a disposición un procedimiento y un modelo para presentar este recurso.

Consultar el procedimiento y el modelo de recurso de reposición.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que la presentación de un recurso no suspende automáticamente el pago. La notificación precisa que el procedimiento solo puede suspenderse en los casos y condiciones previstos por la normativa.

Por ello, es importante revisar detenidamente la notificación recibida, especialmente el porcentaje de participación asignado a la propiedad, el importe reclamado y los plazos indicados.


Documento


¿Y qué pasa con la reparcelación?

¿Por qué existe esta reparcelación? ¿Desde cuándo? ¿Cómo se han tenido en cuenta las propiedades? ¿Cómo se han establecido los porcentajes de participación? ¿Y cómo un expediente iniciado hace más de veinte años llega hoy a estas primeras solicitudes de pago?

Os estamos preparando un artículo sobre «La Reparcelación».

Continuará…

La Tribune de Planas

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