Foto: HANS VAN GEFFEN

Un problema generalizado en Cataluña

El diario catalán El Punt Avui publicaba el 7 de agosto de 2025 un artículo titulado «Urbanitzacions de segona», que ofrecía un panorama preocupante: cerca de 1.500 urbanizaciones están registradas en Cataluña, y casi la mitad aún no están regularizadas por su ayuntamiento. Esta falta de regularización impide o retrasa la prestación de servicios públicos esenciales (agua, alumbrado, vías públicas, saneamiento), a pesar del pago de impuestos por parte de los residentes.

La Diputació de Barcelona ha identificado 367 urbanizaciones con déficits repartidas en 118 municipios. Desde 2018, solo una decena de ellas han podido ser regularizadas e integradas en las redes municipales. Las cifras hablan por sí solas:

  • 83 % no disponen o disponen precariamente de servicios básicos.
  • 74 % no cuentan con ningún comercio.
  • 50 % carecen de equipamientos públicos.
  • 20 % están situadas en suelo no urbanizable (parques naturales, etc.).

Planes del Rei: un caso típico… y agravado

Planes del Rei ilustra perfectamente este problema estructural, pero con factores agravantes. Aquí, la antigua ECU (Entitat Urbanística Col·laboradora de Conservació) fue disuelta en 2016 tras ser declarada ilegal. Sin embargo, el ayuntamiento de Pratdip sigue negándose a prestar los servicios mínimos, alegando que la urbanización no está “integrada”.

Este bloqueo no es únicamente técnico o financiero: también es político. Desde hace años, el ayuntamiento se escuda en la falta de recepción oficial para eludir sus obligaciones, a pesar de las disposiciones legales que imponen dichos servicios en las zonas habitadas.


Un nuevo marco legal: el decreto-ley 2/2025

En vigor desde el 27 de febrero de 2025, el decreto-ley 2/2025 del gobierno catalán introduce cambios importantes:

  • Ahora permite a los ayuntamientos prestar servicios mínimos incluso en zonas no urbanizables.
  • Autoriza la implantación de soluciones autónomas (como fosas sépticas colectivas) cuando no sea posible la conexión a una red pública.
  • Abre la posibilidad de realizar recepciones progresivas de las infraestructuras, evitando que los propietarios tengan que asumir todos los costes de una sola vez.
  • Refuerza la transparencia obligando a los ayuntamientos a publicar sus planes urbanísticos en un registro accesible a todos.

En la práctica, para Planes del Rei, esto significa que ya no existe ningún fundamento legal serio para negar los servicios mínimos. El problema ya no es demostrar el derecho: ahora se trata de obligar al ayuntamiento a aplicar la ley.


¿Y ahora qué?

Este nuevo marco jurídico abre vías de acción:

  • Exigir la publicación oficial de la situación urbanística de Planes del Rei.
  • Solicitar una recepción progresiva de las infraestructuras.
  • Utilizar la jurisprudencia y las disposiciones del decreto-ley para respaldar un recurso administrativo o judicial.
  • Movilizar la opinión pública, subrayando que Planas no es un caso aislado, sino un ejemplo emblemático de urbanización “de segunda categoría” que la ley ya permite regularizar.

Conclusión

El artículo de El Punt Avui nos recuerda que Planes del Rei forma parte de un problema a escala de toda Cataluña. Pero con el decreto-ley 2/2025, el derecho acaba de inclinarse a favor de los vecinos: los servicios mínimos pueden y deben prestarse. Queda dar el paso decisivo: hacer cumplir la ley frente a un bloqueo municipal que ya no tiene justificación legal.

Asociación Vecinos de Planes del Rei (SOSPlanes)

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