Acto 1 — El origen de un sistema ilegal (1968–2016)

Desde 1968, la gestión de la urbanización de Planas del Rey fue confiada al «Club de Propietarios».

Se implementó un sistema de doble imposición:

  • El IBI, impuesto sobre bienes inmuebles pagado al Estado y luego transferido al Ayuntamiento de Pratdip.
  • Las «Cuotas», cargos pagados directamente por los propietarios, primero al «Club de Propietarios», y a partir de 1988, a la ECU para el mantenimiento de la urbanización.

Resumen de cifras para el periodo 2006–2016:

  • 230.000 €/año en «cuotas» pagadas por los propietarios a la ECU
  • 230.000 €/año de IBI pagados al Ayuntamiento… pero utilizados para otros fines

El 12 de junio de 1985, España firma su tratado de adhesión a la Comunidad Europea, que entra en vigor el 1 de enero de 1986. Este tratado prohíbe formalmente los sistemas de doble imposición como el que existía en Planas.

Para eludir esta prohibición, el Ayuntamiento de Pratdip crea en julio de 1987 una ECU (entidad urbanística de colaboración).

En julio de 1990, el Estado español limita a 5 años la duración de existencia de las ECU, que deben realizar las obras necesarias antes de la integración de las urbanizaciones por los ayuntamientos.

Sin embargo, dichas obras nunca se realizaron en Planas. El Ayuntamiento, aunque fue el creador de la ECU, no respetó la ley. Debía haber iniciado las obras entre 1988 y 1993 con la participación financiera de los propietarios, y luego disolver la ECU.

En lugar de ello, la ECU perduró hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) pronunció su disolución en 2016.

Coste estimado para los propietarios de esta imposición ilegal entre 2006 y 2016: casi 5 millones de euros.


Acto 2 — La batalla legal (2016–2022)

Tras la disolución oficial de la ECU en 2016, el Ayuntamiento afirmó que Planas caería en un vacío administrativo.

Pero en derecho, el vacío no existe: cuando una entidad administrativa (ECU) es disuelta, la responsabilidad recae automáticamente sobre la entidad que la creó, es decir, el Ayuntamiento de Pratdip.

Al negarse a cumplir con la sentencia de 2016, el Ayuntamiento impugnó la interpretación del juez de ejecución, quien afirmaba que la ley de julio de 1990 implicaba la disolución automática de la ECU.

El recurso del Ayuntamiento fue rechazado en 2020 por el TSJC, que lo condenó a una multa de 2000 €. A pesar de esta condena, el Ayuntamiento persistió:

  • Negativa a aplicar los servicios públicos mínimos (alumbrado, vialidad,…)
  • Intento de imponer la creación de una nueva ECU con un presupuesto de 103.000 € para el primer año

Frente a esta obstinación, nuestra asociación AVPR – SOS Planas presentó en 2022 una denuncia penal ante el juez de instrucción de Reus contra la actual alcaldesa y su secretaria.

Los cargos imputados:

  • Delito contra la ordenación del territorio (art. 320.1 del Código Penal) – 3 años de prisión y multa de 7.200 €
  • Prevaricación de funcionarios públicos (art. 404) – inhabilitación para cargo público y sufragio pasivo por 10 años
  • Desobediencia a la Justicia (art. 410.1) – inhabilitación por 2 años y multa de 3.600 €

Conclusión (¿provisional?)

A pocas semanas de las elecciones municipales, continúan circulando falsedades. Aclaramos:

  • No, Planas del Rey no es una urbanización privada.
  • , ya estamos integrados en Pratdip.
  • No, los propietarios no deben financiar el 100 % de las obras de integración.

Sí, las obras son necesarias, pero deben realizarse conforme a las condiciones establecidas en el Recurso de Alzada presentado en diciembre de 2021 por nuestra asociación al Ayuntamiento de Pratdip y al Baix Camp.

El Ayuntamiento, como propietario de casi el 45 % del territorio de Planas (calles, zonas verdes, piscina, etc.), debe asumir su parte de los gastos.

Por la Asociación de Vecinos de Planes del Rei – SOS Planas
El presidente, Gérard Marais

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