1. Un contrato público oficial (28 de diciembre de 2010)

El 28 de diciembre de 2010, el Consell Comarcal del Baix Camp, el Ayuntamiento de Pratdip y la empresa de distribución de agua (Secomsa Aigües, que más tarde se convirtió en Comaigua) firmaron un convenio formal. Este acuerdo se produjo tras una condena judicial que obligaba al Ayuntamiento a asumir la gestión y facturación del agua y de los residuos domésticos en Planas del Rey

Este convenio oficializaba, en particular:

  • La delegación del servicio de agua potable a Secomsa Aigües a través del Consell Comarcal.
  • Una gestión completa: lecturas, facturación, análisis, recogida, pagos, etc.
  • Una financiación a cargo del Ayuntamiento, 35.518€ + IVA/año.
  • Una duración inicial de un año, renovable tácitamente.

2. Un contrato con valor judicial: «la puñalada por la espalda»

El artículo de La Tribune de Planas lo mencionaba explícitamente bajo el título Nuevo Convenio… – «La puñalada por la espalda»», subrayando la dimensión institucional del acto, firmado a pesar de las resistencias municipales y tras una condena.

Este documento constituye un acto público, que contradice directamente la posición oficial del actual Ayuntamiento, que afirma que la urbanización «nunca ha sido recepcionada».


3. Secomsa se convierte en Comaigua: continuidad jurídica

En mayo de 2014, Secomsa Aigües cambió su razón social y pasó a llamarse Comaigua, sin modificar la naturaleza jurídica de la delegación inicial. Esta empresa, todavía vinculada al Consell Comarcal, es hoy responsable del agua en Planas del Rey.


4. Lo que revela este documento

  1. Reconocimiento explícito por parte del Ayuntamiento de sus responsabilidades en materia de servicio público.
  2. Adopción de un sistema de gestión formal, integrado en el marco institucional (a través de contrato, financiación, control, etc.).
  3. Contradicción flagrante con el discurso actual del Ayuntamiento, que afirma que la urbanización está fuera de su ámbito de competencia.

5. Por qué esto es crucial hoy

  • Los vecinos siguen sufriendo cortes de agua recurrentes.
  • El Ayuntamiento recurre regularmente al argumento de la «no recepción» para justificar su inacción.
  • Este contrato de 2010, reforzado por el reconocimiento judicial previo, demuestra que el Ayuntamiento actuó como autoridad pública legítima en Planas, y eso mucho antes de cualquier recepción formal.

Conclusión

El artículo de 2010 confirma que el Ayuntamiento de Pratdip nunca fue “ajeno” a la gestión del agua de Planas del Rey. Este contrato, impuesto judicialmente y aplicado con rigor administrativo, refuerza la posición de los vecinos: Pratdip ya no puede legalmente eludir sus obligaciones alegando una supuesta falta de competencia territorial.

Asociación de Vecinos Les Planes del Rei (SOS Planas)


Documento original

2010-12-28-convenio-mairie-comaigua

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