Un intento injustificado de exclusión
En este nuevo episodio judicial, el Ayuntamiento alegaba que la asociación no debía ser considerada como parte legítima, argumentando que no había participado en el juicio inicial que condujo a la disolución de la EUCC en 2016. Sostenía que la asociación no había demostrado ni derecho ni interés suficiente para intervenir en la fase de ejecución.
La respuesta clara del Tribunal
El Tribunal desestima estos argumentos recordando una regla fundamental del derecho administrativo español: según el artículo 109.1 de la ley 29/1998, todas las personas afectadas por una sentencia tienen derecho a participar en su ejecución, aunque no hayan sido parte en el juicio de origen.
Ahora bien, la Asociación de Vecinos “Les Planes del Rei” agrupa precisamente a propietarios afectados por la disolución de la EUCC. La justicia también subraya que el Ayuntamiento nunca había cuestionado este hecho hasta ahora, lo que hace que sus argumentos actuales sean inadmisibles.
Un reconocimiento crucial para los vecinos
Esta decisión refuerza la legitimidad jurídica de la asociación en la defensa de los derechos de los residentes. Constituye un nuevo revés para el Ayuntamiento, que multiplica las maniobras procesales para eludir sus obligaciones.
En resumen: la justicia confirma que la asociación tiene plena legitimidad para hacer cumplir la sentencia de 2016 y supervisar la disolución efectiva de la EUCC.
Un paso hacia el fin de la inacción municipal
Esta sentencia deja al descubierto la estrategia del Ayuntamiento: ganar tiempo cuestionando sistemáticamente la legitimidad de quienes exigen que se apliquen las leyes. Pero el derecho avanza.
Asociación de Vecinos Les Planes del Rei (SOS Planas)