El 5 de marzo de 1996, los servicios jurídicos de la Generalitat de Catalunya emiten un dictamen oficial sobre la situación de la urbanización Planas del Rey (Planes del Rei).
Este informe analiza las obligaciones del Ayuntamiento de Pratdip y los derechos de los propietarios, a raíz de las sentencias dictadas y de las gestiones de la Entitat Urbanística Col·laboradora de Conservació (EUCC).
1) Contexto
- El informe se inscribe en la continuidad de la sentencia del Tribunal de Falset del 23 de noviembre de 1993.
- Responde a las dificultades persistentes relacionadas con la recepción de las infraestructuras (viales, redes, zonas verdes) de la urbanización.
- La Generalitat aclara las responsabilidades respectivas del promotor, de la EUCC y del Ayuntamiento.
2) Conclusiones principales
- El Ayuntamiento de Pratdip no puede eludir la aceptación de las cesiones obligatorias, confirmadas por la ley y las resoluciones judiciales.
- La EUCC solo debe desempeñar un papel provisional, y no permanente, en la gestión de los servicios.
- Una negativa prolongada o una inacción municipal podría considerarse una falta grave.
3) Derechos de los propietarios
- Los habitantes de Planas del Rey tienen derecho a exigir la ejecución de las resoluciones judiciales.
- No deben ser doblemente penalizados: pagar tanto los impuestos municipales como las cuotas de la EUCC.
4) Alcance del informe
Este informe constituye una pieza jurídica fundamental en la historia de Planas del Rey.
Ya en 1996, la Generalitat reconocía la obligación del Ayuntamiento de asumir el mantenimiento y la gestión de las infraestructuras, poniendo en evidencia la ilegalidad de la inacción municipal.