El 28/12/2010, el Ayuntamiento de Pratdip y el Consell Comarcal del Baix Camp aprueban un anexo al convenio inicial, con el fin de ampliar el encargo de gestión excepcional y subsidiaria del agua potable en Planas del Rey (Planes del Rei).
Este anexo introduce por primera vez medidas de mantenimiento e inspección de la red, confiadas a Comaigua SL.
1) Contexto y justificación
- Propiedad de la red: las instalaciones interiores de agua siguen siendo propiedad de los propietarios, nunca cedidas ni recepcionadas por su obsolescencia.
- Competencia municipal limitada: el Ayuntamiento no puede asumir la gestión ordinaria mientras no exista reparcelación y recepción oficial de las obras de urbanización.
- Marco jurídico: varias sentencias (2013, TSJC 2016) confirman que el Ayuntamiento carece de competencia ordinaria; actúa con carácter excepcional y subsidiario (art. 21.1.m de la Ley 7/1985).
- Carga financiera: la financiación recae íntegramente en los propietarios de la urbanización privada.
2) Nuevas acciones previstas por el anexo
- Vigilancia, inspección y mantenimiento correctivo de la red 24h/24 y 365 días/año.
- Instalación de telecontrol y contadores generales (a cargo del explotador, facturados a los abonados).
- Limpieza anual de los depósitos de agua.
Estas tareas de mantenimiento se confían a Comaigua SL, como explotador especializado mandatado por el Consell Comarcal.
3) Coste y financiación
- Importe anual: 49.485,29 € + IVA.
- Desglose: personal (20.367,73 €), limpieza depósitos (4.417 €), material (17.875 €), gastos generales (6.825,58 €).
- Facturación: el coste se repercute íntegramente a los usuarios de Planas del Rey.
4) Duración y resolución
- Duración: 1 año, renovable expresamente de año en año.
- Resolución anticipada: posible unilateralmente por cualquiera de las partes con preaviso de 3 meses, o de mutuo acuerdo.
5) Consecuencias prácticas
- Sin recepción: la formalización del anexo no implica la recepción de la urbanización, ni siquiera parcial.
- Servicio mínimo: la intervención busca únicamente garantizar el acceso al agua como servicio básico, sin asumir plena responsabilidad municipal.
- Carga de los propietarios: costes e inversiones siguen a cargo de los residentes.