El 23 de diciembre de 1968, el Alcalde de Pratdip informa a la autoridad provincial que, tras las decisiones de los propietarios y del promotor, el Ayuntamiento acepta en principio hacerse cargo, a partir del 1er de enero de 1969, de los servicios públicos de Planas del Rey (Planes del Rei) — sujeto al dictamen del Servicio de Inspección y Asistencia a las Corporaciones Locales.
1) Naturaleza del documento
- Carta oficial del Alcalde de Pratdip dirigida a la autoridad provincial.
- Objeto: informar del acuerdo municipal y solicitar dictamen sobre el procedimiento.
2) Contexto previo
- 8 de agosto de 1968: asamblea de los propietarios (en su mayoría franceses) que decide por unanimidad transferir al Ayuntamiento la gestión de viales, agua, alcantarillado, alumbrado.
- 21 de septiembre de 1968: el promotor Francisco Lebasque Belloncle, en nombre del Club de Propietarios, presenta la oferta de cesión global (viales, redes de agua y alcantarillado, alumbrado, recogida de basuras, guardería, vigilancia y otros servicios municipales).
3) Decisión municipal del 18 de octubre de 1968
- El Pleno municipal acepta en principio asumir los servicios a partir del 1er de enero de 1969.
- Condición: consulta al Servicio provincial de Inspección y Asistencia para obtener dictamen y apoyo previos.
4) Alcance jurídico
- La carta recoge un compromiso administrativo claro de asumir los servicios públicos.
- No se trata todavía de una recepción definitiva en sentido formal (falta, en este documento, un acto municipal final publicado o una formalización notarial).
- La mención «acepta en principio» y la consulta provincial sitúan el procedimiento en una fase preparatoria, pero con una fecha de efecto anunciada (01/01/1969).
5) Interés para la situación actual
- Prueba de que el Ayuntamiento de Pratdip aceptó, al menos en principio, asumir los servicios públicos de Planas desde 1969.
- Secuencia administrativa coherente: decisión de los propietarios → oferta del promotor → aceptación municipal en principio.
- Para reforzar la prueba de recepción efectiva: buscar el dictamen provincial y el acto municipal definitivo (acuerdo plenario, publicación oficial y/o escritura notarial).