El 21 de septiembre de 1968, el promotor de la urbanización Planas del Rey (Planes del Rei), Francisco Lebasque Belloncle, dirige al Ayuntamiento de Pratdip una solicitud formal con el fin de ceder las vías, redes y servicios comunes de la urbanización al municipio, con el objetivo de mejorar la administración y la prestación de los servicios públicos.


1) Contexto y naturaleza del documento

  • Carta oficial del promotor al Ayuntamiento, redactada a petición de los propietarios de la urbanización y en interés de una mejor gestión.
  • Objeto: oferta de cesión al municipio de las infraestructuras y servicios comunes.

2) Ámbito de la cesión propuesta

  • Viales de la urbanización.
  • Redes de abastecimiento de agua.
  • Redes de alcantarillado.
  • Alumbrado público.
  • Recogida de basuras.
  • Vigilancia y seguridad.
  • Y, en general, todo servicio de competencia municipal.

3) Modalidades previstas por el promotor

  • Entrega al Ayuntamiento de toda la documentación complementaria que se considere necesaria.
  • Entrega de la lista de propietarios y de los bienes situados en la urbanización.
  • Comunicación de las cuentas de conservación y servicios de los ejercicios anteriores, para su reclamación y cobro por el Ayuntamiento, seguidos de una liquidación con el promotor.
  • Agua potable: el Ayuntamiento podrá utilizar el canal existente hasta el depósito general incluido en la red cedida, mientras no se haya efectuado la recepción oficial de la urbanización por parte del municipio.

4) Análisis jurídico y urbanístico

Esta carta constituye una oferta formal de transferencia de infraestructuras y servicios públicos al municipio. Se enmarca en la lógica de la recepción municipal de las obras de urbanización, paso necesario para que el Ayuntamiento asuma los servicios.

  • Alcance: si se acepta, el municipio pasa a ser responsable del mantenimiento de las vías y de la prestación de los servicios enumerados.
  • Límite del documento: la carta no prueba la aceptación de la cesión por parte del Ayuntamiento. La asunción requería una decisión formal (acuerdo municipal, acto administrativo y/o formalización notarial).
  • Consecuencia: en ausencia de aceptación/recepción formal, las obligaciones del Ayuntamiento no quedan automáticamente comprometidas en la fecha del 21/09/1968.

5) Extracto significativo (original en español)

“… es su propósito hacer cesión de la vialidad general y servicios públicos al Ayuntamiento de Pratdip … a viales de la urbanización, redes de abastecimiento de aguas, redes de desagües, alumbrado público, servicio de recogida de basuras, guardería y vigilancia; además, servicios de la competencia municipal …”


Conclusión

El documento de 21 de septiembre de 1968 certifica que una cesión global de las infraestructuras y servicios de Planas del Rey fue propuesta al Ayuntamiento de Pratdip por el promotor, en nombre y por cuenta de los propietarios. Para establecer la responsabilidad municipal efectiva a partir de 1968, es necesario encontrar el acto de aceptación (deliberación municipal, publicación, escritura notarial o registro de urbanización) que confirme la recepción de estas obras.


Documento

1968-09-21-cession-zones-communes-lebasque-pratdip

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